¿Cómo registrar a mi mascota y qué documentos necesito?
Así puedes reconocer a tus perros o gatos ante la ley. Saca la clave de tus compañeros de vida ¡Es gratis!
Aunque no compartan un lazo sanguíneo ni pertenezcan a la misma especie, muchos consideran como parte de su familia a sus gatos o perros.
Estos seres vivos se ganaron el cariño y amor de los seres humanos debido a la gentileza, curiosidad y el cariño con el que responden a sus dueños.
El Gobierno de la Ciudad de México creó una herramienta que permite registrar a tus mascotas, a través del Registro Único Digital para Animales de Compañía de la Ciudad de México (RUAC).
¿Cómo puedo registrar a mi mascota?
El proceso no solo sirve como método de registro, también en caso de crueldad animal, abandono, extravío o accidentes. Los pasos que debes seguir para reconocer a tu ‘perrijo’ o ‘gatijo’, están a continuación.
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Documentos necesarios
Tendrás que tomar una foto frontal, una lateral de tu mascota y otra con el tutor para que puedas realizar el trámite. Te recomendamos hacerlo antes y guardar las imágenes en formato JPG o PNG.
- Ingresa al RUAC.
- Selecciona “Iniciar” y deberás elegir “Nuevo trámite”.
- Ingresa a tu cuenta de “Llave CDMX”.
- Una vez dentro comienza con el registro, seleccionando “+Nuevo registro”.
- Llena los campos requeridos.
- Sube las fotos (la plataforma indica que deben pesar menos de 2MB)
- La foto frontal será la que aparecerá en el carnet, toma una donde se vea claramente el gato o perro.
Al finalizar el trámite, la plataforma te arrojará el carnet y la clave de registro, puedes imprimirlo, si lo deseas.
Este proceso solo está disponible para los habitantes de la Ciudad de México. Es gratuito y se realiza mediante la digitalización de los datos. No es necesario acudir a ningún lugar.
El trámite está sujeto al fundamento jurídico de la Ley de Protección de Animales de la CDMX, artículo 14.
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¿Qué pasa si no lo hago?
Según el artículo 66 de esta ley, en caso de no registrar a tu perro o gato, recibirás una multa de hasta 3 mil 394 pesos o podrás ser arrestado durante 24 o 36 horas.
Recuerda cambiar tu dirección si llegas a mudarte o dar de baja a tu michi o lomito en caso de fallecimiento.
Ahora que ya realizaste este trámite, has reconocido a tu ‘hijo’ ante la ley. Cuídalo y llena de comida su alacena para que se sienta tranquilo y feliz.
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